En Miss Rouse gestionamos toda la parte laboral y legal relacionada con la contratación de empleadas de hogar: contrato, alta en Seguridad Social, cotizaciones, bajas, variaciones de datos, vacaciones, permisos y otras gestiones administrativas.
La relación laboral del servicio doméstico está regulada como relación laboral especial del servicio del hogar familiar, y exige cumplir una serie de obligaciones desde el primer día: formalizar el contrato, dar de alta a la trabajadora y cotizar correctamente.
Nuestro equipo se encarga de estos trámites para que tanto la familia empleadora como la trabajadora tengan seguridad jurídica, eviten errores administrativos y cumplan la normativa vigente.
La contratación dentro del régimen de empleadas de hogar puede incluir:
Tareas domésticas (limpieza, plancha, cocina, orden del hogar)
Cuidado o atención de la familia
Otros trabajos como guardería, jardinería o conducción de vehículos, cuando formen parte del conjunto de tareas domésticas.
En Miss Rouse disponemos de un equipo que, a petición del cliente, se encarga de realizar los trámites administrativos relacionados con la contratación legal de empleadas de hogar.
Si necesitas hacer contrato a empleada del hogar, te ayudamos a dejarlo bien definido y adaptado a tu caso:
tipo de contrato (indefinido o temporal)
jornada y horario
salario y pagas extras
funciones del puesto
periodo de prueba
vacaciones, festivos y permisos
condiciones específicas (por ejemplo, si es interna)
También podemos orientarte si buscas un modelo de contrato de empleada de hogar por horas, para trabajos de jornada parcial, con horarios y condiciones claros desde el inicio.
Ayudamos a establecer y dejar por escrito:
jornada semanal y distribución horaria
descansos
vacaciones
festivos
permisos retribuidos
condiciones acordadas entre empleador/a y empleada de hogar
Definirlo correctamente reduce incidencias y mejora la relación laboral desde el primer día.
Calculamos la cotización en función de:
salario bruto mensual
horas semanales
jornada (parcial o completa)
base/tramo aplicable
Esto es clave para evitar errores de cotización, pagos incorrectos o problemas en el futuro (bajas médicas, prestaciones, etc.).
Gestionamos el alta en Seguridad Social de empleada de hogar por horas o jornada completa, revisando y recopilando la documentación necesaria.
¿Qué tramitamos?
alta inicial en la Seguridad Social
comunicación de jornada y retribución
verificación de datos del empleador/a y de la trabajadora
revisión de documentación para evitar errores
Plazo de gestión
Realizamos los trámites de alta, baja o variación de datos en menos de 24h desde que disponemos de toda la documentación.
Si necesitas dar de alta a una empleada de hogar extranjera, te asesoramos para encajar correctamente la contratación y preparar la documentación.
En estos casos es especialmente importante revisar:
situación documental
requisitos de contratación
documentación válida para la tramitación en TGSS
Realizamos todos los trámites de:
baja de la empleada de hogar
variación de jornada
modificación de salario o condiciones
actualización de datos del empleador/a o trabajadora
Estos cambios deben comunicarse correctamente para que la cotización y la relación laboral queden actualizadas sin incidencias.
Gestionar el cierre y la extinción del contrato no siempre es fácil. Te ayudamos a organizarlo correctamente, incluyendo:
revisión de documentación
comunicación de finalización
coordinación de la baja en Seguridad Social
orientación sobre los pasos habituales para evitar errores
Estudiamos si puedes acceder a bonificaciones o incentivos aplicables en la cuota de Seguridad Social.
Por ejemplo, tramitamos la solicitud de bonificación del 45% por familia numerosa, si se cumplen los requisitos.
Podemos ayudarte con otras gestiones administrativas, como:
recuperación de ingresos indebidos (por errores que generan exceso de cotización y que la Seguridad Social debe reembolsar)
revisión de incidencias de pago o regularización
soporte documental en trámites administrativos
Te acompañamos en la gestión administrativa relacionada con:
bajas médicas
incapacidad temporal
accidentes de trabajo
documentación y comunicaciones necesarias
Sabemos que el sistema no está pensado para familias y puede resultar un proceso complicado, por eso lo centralizamos para hacerlo más fácil.
Si necesitas:
Contacta con Miss Rouse y te ayudaremos a gestionar toda la parte laboral y legal de forma clara, rápida y con garantías.
Sí. Para trabajar legalmente en un domicilio, la relación debe formalizarse y quedar clara por escrito (condiciones, jornada, salario, vacaciones, etc.). Además, es obligatorio dar de alta en la Seguridad Social.
Desde la primera hora. Siempre que una persona preste servicios domésticos a cambio de un salario, hay obligación de alta, independientemente del número de horas al día o a la semana.
La responsabilidad es siempre del empleador/a (la familia).
Se puede tramitar hasta 60 días antes y hasta el mismo día en que se inicie la actividad. Si la trabajadora ya empezó, puede tramitarse hasta 30 días después, pero se considerará fuera de plazo y se calcula la cuota desde la fecha de inicio indicada.
Sí. Las modificaciones (salario, jornada, etc.) deben comunicarse. En Import@ss se indica que pueden modificarse dentro de 3 días naturales desde el cambio (con una excepción para solicitarlo hasta el día 3 del mes siguiente).
Depende del año y si el precio/hora incluye vacaciones y pagas prorrateadas. Para 2025, la Seguridad Social indica el SMI por hora y diferencia el valor si incluye vacaciones (por ejemplo, 9,26 €/hora con vacaciones incluidas).
No. El salario pactado debe ser igual o superior al SMI en proporción a la jornada (o por horas según corresponda).
En general, si se contrata como familia (sin actividad económica), no es obligatorio practicar retención de IRPF en el salario.
La cuota se determina según un sistema por tramos en función del salario. La Seguridad Social dispone de una calculadora específica para simular la cuota mensual.
Import@ss indica que, si no dispones de identificación electrónica, tendrás que facilitar datos personales y adjuntar documentación (incluida la identificación), con un proceso guiado y formularios asociados.
Sí, pero es imprescindible que la persona tenga autorización para trabajar en España. La parte de alta en Seguridad Social y contrato se gestiona igual, pero primero hay que verificar la situación documental (para evitar incidencias). (La verificación de autorización de trabajo es clave en contratación, y suele ser el punto crítico en estos casos.)
Trabajar sin alta implica incumplimiento y puede generar problemas legales y económicos (reclamaciones de salarios/cotizaciones, incidencias ante inspección, etc.). Por eso se recomienda gestionar el alta desde el inicio.
En Miss Rouse ayudamos a las familias a gestionar el servicio doméstico con profesionalidad, cercanía y total tranquilidad.
Horario de oficina: L-V de 10:00 a 14:00 h
Recepción de documentos: L-V de 8:00 a 21:00 h